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5 min · 25/2/2026 · actualizado 11/6/2026

El temido Modelo 720 en España: qué es y cómo evitar multas

El Modelo 720 es una de las declaraciones que más asusta a los extranjeros que se mudan a España. No es un impuesto directo, sino una obligación informativa sobre tus bienes en el exterior.

Si eres residente fiscal en España, estás obligado a informar de los bienes y derechos que tengas en el extranjero cuando superen ciertos límites. No pagas nada por presentarlo: es pura información para que la Agencia Tributaria pueda cruzar datos y prevenir el fraude. Los expats son el colectivo más afectado, porque casi todos conservan cuentas, inversiones o pisos en su país de origen sin pensar que eso genera obligaciones en España.

Los tres bloques: 50.000 euros cada uno

  • Bloque 1: cuentas bancarias en el extranjero (corrientes, ahorro, depósitos).
  • Bloque 2: valores, fondos, acciones, seguros y rentas gestionados o depositados fuera de España.
  • Bloque 3: bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles situados en el extranjero.

Cada bloque funciona de forma independiente: declaras los bloques que superen individualmente los 50.000 euros. Ejemplo: con una cuenta británica de 30.000 euros y un broker americano con 60.000, solo declaras el bloque de valores. Con una cuenta de 40.000 y un broker de 45.000 no declaras nada, aunque el total sume 85.000. El umbral se mira bloque a bloque, no en conjunto.

Cómo se valoran las cuentas

Para las cuentas se miran dos cifras: el saldo a 31 de diciembre y el saldo medio del último trimestre. Si cualquiera de las dos supera los 50.000 euros, el bloque se declara. Vaciar la cuenta el 30 de diciembre no sirve de nada, el saldo medio te delata. En cuentas compartidas se informa el saldo total indicando tu porcentaje de titularidad, y también declaran los autorizados, no solo los titulares.

Plazo: del 1 de enero al 31 de marzo

El Modelo 720 se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo, con los datos del año anterior. Si llegaste a España en 2025 y eres residente fiscal de ese año, tu primer 720 se presenta entre enero y marzo de 2026. La presentación es exclusivamente electrónica, a través de la Sede de la Agencia Tributaria, con certificado digital o Cl@ve. Si no tienes ninguno de los dos, tramítalo con semanas de margen: a finales de marzo las citas vuelan.

Cuándo hay que volver a presentarlo

No es una declaración anual automática. Solo vuelves a presentarla si el valor de algún bloque ya declarado crece más de 20.000 euros respecto a la última presentación, si abres posiciones que hacen que un bloque nuevo supere los 50.000, o si cancelas o vendes algo que declaraste (las extinciones también se comunican). Mucha gente presenta una vez y no vuelve a tocarlo en años; otros lo presentan cada año sin necesidad. Las dos cosas pueden ser correctas, depende de tus números.

Las multas: antes y después de la sentencia europea

Hasta 2022 el régimen sancionador era brutal: multas fijas de miles de euros por dato, imprescriptibilidad de las rentas no declaradas y una sanción adicional del 150%. El Tribunal de Justicia de la UE lo tumbó por desproporcionado y España tuvo que adaptar las sanciones al régimen general de la Ley General Tributaria. Sigue habiendo multas por no presentar o presentar tarde, pero ya en magnitudes normales. Moraleja: si descubres que debiste presentarlo, regulariza voluntariamente; presentar fuera de plazo por iniciativa propia sale mucho más barato que esperar el requerimiento.

Beckham, no residentes y casos especiales

Quien tributa por el régimen especial de impatriados lo hace como no residente a efectos de IRPF, así que en general queda exento de presentar el 720 por sus bienes extranjeros: una ventaja más a valorar en la decisión sobre la Ley Beckham. Los no residentes puros tampoco lo presentan, según el régimen de no residentes de la AEAT. Y las criptomonedas no van en el 720: tienen su propio modelo, el 721, que explicamos en la guía de fiscalidad cripto.

Relación con tu declaración de la renta

El 720 informa de que los bienes existen; los rendimientos que generan (intereses, dividendos, alquileres) se declaran cada año en tu renta, con la deducción por doble imposición internacional si ya pagaste impuestos fuera. Hacienda cruza ambas cosas: un 720 con un broker de 200.000 euros y una renta sin un solo dividendo declarado es una bandera roja automática. Si este año estrenas declaración, empieza por la guía para primerizos.

Puntos clave a recordar

  • Plazo: del 1 de enero al 31 de marzo, solo por vía electrónica.
  • Tres bloques independientes con umbral de 50.000 euros cada uno.
  • Nueva presentación solo si un bloque crece más de 20.000 euros o hay altas y bajas.
  • Guarda extractos a 31 de diciembre y del último trimestre de cada cuenta.
  • Regularizar tarde y voluntariamente es mucho mejor que no regularizar.

El 720 no cuesta dinero, cuesta orden: un par de horas al año de extractos y valoraciones. Dedícaselas y duerme tranquilo. Y para la parte que sí cuesta dinero, tu IRPF, calcula tu posición con la calculadora antes de que llegue la campaña.

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Fuentes y referencias

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